En las constructoras a veces se dan ilegalidades sin que los propios gerentes de la empresa tengan constancia de ellas. Sin embargo, tal como explica el artículo de a continación, la dirección de la empresa resulta igualmente responsable. Un caso frecuente en obras con gran volumen de trabajadores es el uso de empleados sin permiso de trabajo y/o residencia a los que se les paga en negro. Analizamos un caso hipotético:
Una de las obras en las que participa una constructora, se requieren más trabajadores de los que tenemos en plantilla actualmente. Para ello, nuestro jefe de obra decide contratar a una serie de personas sin permiso de trabajo y/o residencia en España y pagarles en negro. Un Inspector acude a las obras y se da cuenta de la situación irregular de algunos de los trabajadores.
De tal forma que se nos acusa de un delito contra la seguridad social así como de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
En el procedimiento judicial los encausados son: el jefe de la obra (autor de los hechos), el administrador de la constructora y la empresa en sí.
La sentencia nos condena como empresa, independientemente de la pena impuesta a las demás personas involucradas en el procedimiento, a una multa económica así como al cierre de la empresa por un determinado tiempo que, a veces, los juzgados castigan con un cierre total y perpetuo.
Como propietarios de la misma, estamos consternados porque no teníamos conocimiento de la mala praxis de nuestro capataz de obras. No obstante, aunque la contratación de estos trabajadores no fuese realizada por ellos ni bajo su consentimiento, ésta produjo un beneficio directo en la empresa tal como el ahorro injustificado de las cuotas de la Seguridad Social.
Desde la reforma del año 2015, cualquier empresa responde de los hechos cometidos tanto por sus trabajadores como sus representantes legales y de todo aquél que esté apoderado para obligarse por cuenta de la misma.
El MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS opera como eximente o atenuante a esa posible responsabilidad penal en la que puede incurrir cualquier empresa. El legislador exige a las empresas que tengan el debido control y supervisión de los actos que se cometen en el seno de su organización y, de no ser así, se les castiga severamente.
Por dicha razón, RECOMANEM implementar un Modelo de Prevención de Delitos, para poder la Responsabilidad de nuestra empresa, a la vez que nos ayudará a preservar la responsabilidad del propio administrador ya que estaría cumpliendo con su deber de adopción de medidas precisas para la buena dirección y control de la sociedad.
Para más información sobre el Modelo de Prevención de Delitos puede ponerse en contacto con nosotros enviando un correo a info@gremi-obres.org.
APC
Asesoría Penal Corporativa
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Estamos interesados en recibir mas información sobre el modelo de prevención de delitos
Hola Angela,
Perfecto, te escribo en privado.
Saludos,
Gremi de Constructors